Comentarios a la Ley y Reglamentos de Residuos Sólidos en el DF

Lic. Giza Hernández Saad*

 

LEY Y REGLAMENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO FEDERAL

 

El 10 de febrero de 2004 fue publicada la última reforma de la ley de residuos sólidos del distrito federal, la cual imponía diversas obligaciones tanto a las personas físicas como morales, entre las que destacan la obligación de separar residuos orgánicos e inorgánicos y la implementación de planes de manejo de residuos sólidos para los grandes productores de los mismos. cabe mencionar que esa ley paso sin pena ni gloria y pocas personas le prestaron atención pues, debido a que no se especificaban sanciones y no existía ley reglamentaria, no era factible llevarla a la práctica.

 

El día 07 de octubre de 2008 se publicó en la gaceta oficial del distrito federal el reglamento de la ley de residuos sólidos del distrito federal, el cual entró en vigor el 02 de enero de 2009, del que se desprenden las siguientes obligaciones y sanciones:

 

A)   Responsabilidad de toda persona física o moral de separar, reducir y evitar la generación de residuos sólidos.

B)   Fomentar la reutilización y reciclaje de residuos sólidos.

C)  Barrer diariamente las banquetas de viviendas y establecimientos mercantiles en general, manteniéndolos libres de residuos sólidos.

D)  Queda prohibido mezclar residuos peligrosos con residuos sólidos e industriales no peligrosos.

E)   Los generadores de alto volumen de residuos sólidos deberán implementar un plan de manejo de acuerdo a la siguiente tabla:

 

categoría

volumen y tipo de generación

A

Mas de 1000 Kg. al día de residuos

B

Entre 500 y 1000 Kg. al DIA de residuos

C

Entre 250 kg. y menos de 500 kg. al dia de residuos.

D

Entre 50 y menos de 250 kg. al dia de residuos.

RE

Residuos de manejo especial

ERR

Empresa que se dedica a reutilizar o reciclar residuos sólidos.

 

Quienes se encuentren en estos supuestos deberán tramitar el plan correspondiente ante la secretaria de medio ambiente del distrito federal y pagar los respectivos derechos.

 

Si su empresa entra dentro de alguno de los esquemas planteados es conveniente que se acerque a cuida tu mundo para que se le tramite el plan de manejo de residuos sólidos a su medida.

 

Es importante que tomen en cuenta la siguiente clasificación:

 

·       Orgánicos:

-       Residuos de jardinería y los provenientes de poda de árboles y áreas verdes;

-       Residuos provenientes de la preparación y consumo de alimentos;

-       Residuos susceptibles de ser utilizados como insumos en la producción de composta (abono orgánico para plantas).

 

·       Inorgánicos:

-       Vidrio;

-       Papel y cartón;

-       Plásticos;

-       Aluminio y otros metales no peligrosos y laminados de Materiales reciclables;

-       Cerámicas;

-       Artículos de oficina y utensilios de cocina;

-       Equipos eléctricos y electrónicos;

-       Ropa y textiles;

-       Toallas sanitarias y pañales desechables.

 

-       Los procedentes de áreas medicas destinadas directamente a la atención de personas o animales, siempre y cuando no sean considerados como peligrosos.

-       Los residuos cosméticos y alimentos que hayan sido dictaminados por la autoridad sanitaria como no aptos para el consumo humano.

-       Los residuos no pétreos de la demolición, mantenimiento, instalación y acabados en general. los residuos pétreos que se encuentren mezclados con otros residuos sólidos, como yeso, falsos plafones, aluminio, metales, cartón, papel y plástico, provenientes de la demolición, mantenimiento, instalaciones y acabados en general.

-       Los provenientes de los procesos de producción, pruebas o análisis.

-       Los provenientes de panteones o crematorios que hayan estado en contacto con restos humanos;

-       Los restos de animales que no fueron inoculados con agentes entero patógenos, provenientes de centros de control canino, veterinarias, laboratorios y otros establecimientos comerciales.

-       Los residuos que ya tratados provengan del proceso de tratamiento de residuos peligrosos biológico infecciosos.

 

Cabe destacar que se considera un residuo de manejo especial el que puede producir desequilibrios significativos al medio ambiente, la producción de grasas y aceites de origen animal o vegetal y las personas que las produzcan deberán implementar un plan de manejo especial..

 

Entre las sanciones que podemos destacar se encuentran:

 

A)      Multa de 150 a 1000 días de salario mínimo a la empresa, establecimiento, industria, etc, que generen residuos en alto volumen y no paguen las tarifas establecidas en el código financiero del distrito federal.

B)      Multa de 1000 a 20000 días de salario mínimo, con arresto inconmutable de hasta 36 horas a quien entre otros, arroje o abandone en la vía publica residuos sólidos de cualquier especie; deposite animales muertos, residuos sólidos que despidan olores desagradables o aquellos provenientes de la construcción en los contenedores instalados en la vía pública para el arrojo temporal de residuos sólidos de los transeúntes; diluyan o mezclen residuos sólidos o industriales peligrosos en cualquier líquido y su vertimiento al sistema de alcantarillado, a cualquier cuerpo de agua o sobre suelos con o sin cubierta vegetal.

C)      Amonestación al generador que no separe los residuos

D)      Multa de 10 a 150 días de salario mínimo a quien por segunda vez no separe los residuos.

 

Las delegaciones podrán verificar el cumplimiento de la ley y reglamento en comento por medio de visitas de verificación, que serán de oficio o por denuncia ciudadana.

 

*Consultora legal CUIDATUMUNDO

 

Versión Completa del REGLAMENTO DE LA LEY DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO FEDERAL   http://www.sma.df.gob.mx/sma/links/download/biblioteca/reglamentoleyderesiduosnov2008.pdf